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Fiscal

Ley 11-92 sobre ITBIS

Ley 11-92 • Promulgada en 1992 • Actualizada: 2024

Ley General de Impuestos sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios. Establece el ITBIS del 18% aplicable a primera venta de inmuebles por constructores.

Aplicable a:📦 Compra💵 Venta

Artículos Principales

Art. 1

Hecho Imponible

Están sujetos al ITBIS la primera venta de bienes inmuebles construidos por empresas constructoras, siempre que sea realizada directamente por el constructor al comprador final.

Art. 6

Tasa del Impuesto

La tasa general del ITBIS es del dieciocho por ciento (18%) del valor de la transacción. Esta tasa aplica también a la primera venta de inmuebles por parte de empresas constructoras.

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Aviso Legal

Esta información es de carácter educativo e informativo. No constituye asesoría legal profesional. Las leyes pueden haber sido modificadas. Para asesoría específica, consulte con un abogado colegiado especializado en derecho inmobiliario.